Tema 15: Las velocidades

Tema 15 Las velocidades permiso B


1. Regulación y establecimiento de los límites de velocidad

En Costa Rica, los límites de velocidad no se establecen al azar. Son fijados directamente por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito.

Estos límites deben actualizarse constantemente en concordancia con las tendencias internacionales y previo a un estudio técnico que evalúa el tipo de vía y sus condiciones específicas.

Por regla general, cada carretera y sus diferentes tramos deben tener debidamente señalizada la velocidad máxima permitida para garantizar una circulación segura y responsable.

2. Límites de velocidad en carreteras sin señalización

Es posible encontrarse circulando por una carretera que no cuente con señales de límite de velocidad visibles. En estos casos, la Ley de Tránsito establece reglas predeterminadas que todo conductor debe conocer y acatar.

En el caso de circular por una autopista, la ley establece que la velocidad mínima será de 50 km/h. Esto se hace para evitar que vehículos excesivamente lentos provoquen accidentes o entorpezcan el flujo rápido.

Por otro lado, en aquellos lugares donde simplemente no exista demarcación alguna, el límite máximo de velocidad será de 60 km/h.

Sin embargo, si se encuentra conduciendo dentro de una zona urbana de alta densidad poblacional, el límite máximo se reduce a 50 km/h, protegiendo así el entorno de la ciudad.

3. Zonas de máxima precaución y velocidad reducida

Existen puntos específicos en la vía pública donde confluyen poblaciones altamente vulnerables, lo que obliga a los conductores a reducir su velocidad al mínimo legal.

Al transitar por pasos peatonales localizados alrededor de planteles educativos con estudiantes presentes, el límite estricto es de 25 km/h.

Esta misma velocidad máxima de 25 km/h aplica al pasar frente a centros de salud (hospitales y clínicas), así como en lugares donde se estén realizando actividades o concentraciones masivas de personas.

4. Prohibición de reducir la velocidad injustificadamente

Como una nota de atención vital para la conducción segura, la ley sanciona aquellas prácticas que generan congestionamiento vial (presas) de forma innecesaria.

Se prohíbe terminantemente reducir la velocidad simplemente para observar un accidente de tránsito u otro evento llamativo en la carretera.

A la persona que conduzca de esta manera y cause obstrucción del flujo vehicular por curiosidad, se le aplicará una multa correspondiente a la Categoría E.

Test de la unidad (Premium)