Tema 32: Ley de tránsito por vías públicas terrestres y seguridad vial
Índice de contenido
- 1. La normativa máxima en la vía pública
- 2. Clasificación de las multas y el Sistema de Puntos
- 3. Faltas gravísimas de Categoría A (Sanción de 6 Puntos)
- 4. Faltas graves de Categoría B (Sanción de 4 Puntos)
- 5. Otras conductas temerarias castigadas por la Ley
- 6. Conducción Temeraria: Delitos Penales y Cárcel
- 7. Consecuencias de agotar el Sistema de Puntos

1. La normativa máxima en la vía pública
En el territorio nacional, la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial es la principal herramienta legal que existe.
Esta es la ley vigente que regula toda la circulación a nivel nacional y dicta las normas absolutas que se deben respetar en las carreteras.
Su campo de acción aplica para absolutamente todos los actores viales, incluyendo vehículos particulares, motocicletas de todo cilindraje, y todas las personas que intervengan en el sistema de tránsito.
Para garantizar que estas normas se cumplan, la ley establece un estricto sistema de sanciones por incumplimiento que busca corregir el comportamiento irresponsable.
Estas consecuencias legales incluyen castigos severos como multas económicas, la acumulación de puntos en la licencia, el retiro de placas metálicas y la detención física del vehículo.
2. Clasificación de las multas y el Sistema de Puntos
La ley clasifica las infracciones de tránsito en cinco categorías distintas (A, B, C, D y E), dependiendo de la gravedad de la falta cometida.
El castigo no es solamente económico; el sistema evalúa y penaliza directamente al conductor a través de la acumulación de puntos, lo que afecta directamente la validez de su licencia.
Las infracciones más peligrosas son aquellas que pertenecen a las primeras dos categorías, ya que son las únicas que acumulan puntos y lo ponen en un riesgo altísimo de perder su derecho a conducir:
- Categoría A: Son las faltas más graves y acumulan un total de 6 puntos en su expediente como conductor.
- Categoría B: Son faltas sumamente peligrosas que acumulan un total de 4 puntos en su registro penal.
- Categorías C, D y E: Se castigan con una multa económica pero no acumulan puntos en su licencia.
3. Faltas gravísimas de Categoría A (Sanción de 6 Puntos)
Cometer una infracción de Categoría A demuestra un total desprecio por la vida, e incluye las conductas que causan la mayor cantidad de muertes en carretera.
Entre estas gravísimas faltas, que le costarán 6 puntos de su licencia, se encuentran:
- Alcohol al volante: Conducir bajo la influencia del alcohol. Para un conductor regular, se castiga si tiene una concentración en sangre superior a 0,50 g (y hasta 0,75 g) o en aire espirado superior a 0,25 mg (y hasta 0,38 mg).
- Alcohol en novatos y profesionales: La ley es más estricta con conductores que tienen licencias de menos de 3 años o son profesionales, sancionándolos con niveles en sangre de apenas 0,20 g a 0,50 g.
- Negativa de prueba: Si usted se niega a realizar la prueba de alcoholemia frente al oficial de tránsito, se le aplicará inmediatamente esta máxima sanción.
- Exceso de velocidad letal: Circular por las vías públicas a una velocidad superior a los 120 km/h (salvo en competencias legalmente autorizadas).
- Maniobras suicidas: Realizar adelantamientos prohibidos en curvas, intersecciones, cruces de tren, puentes, túneles, o invadir carriles separados por una línea de barrera continua.
- Desacato de giros y licencia: Hacer giros en "U" o a la izquierda donde esté prohibido, y conducir con la licencia suspendida.
4. Faltas graves de Categoría B (Sanción de 4 Puntos)
La Categoría B castiga fuertemente las acciones que ponen en riesgo a terceros vulnerables y el irrespeto a las señales fundamentales de la vía.
Si usted comete alguna de las siguientes infracciones, acumulará 4 puntos en su licencia:
- Desprotección de menores: Permitir que un menor de 12 años, que mida menos de 1,45 metros de estatura, viaje sin los dispositivos de seguridad obligatorios.
- Irrespeto al derecho de vía: Ignorar por completo una señal de ALTO en una intersección o saltarse la luz roja de un semáforo.
- Alteración de identidad vehicular: Circular con placas que pertenecen a otro vehículo, o utilizar placas falsas o alteradas para evitar ser identificado.
- Exceso de velocidad: Conducir un vehículo superando en más de 40 km/h el límite máximo establecido en la vía por la que circula.
- Daños a infraestructura: Ignorar la señal de alto ferroviaria y dañar los dispositivos de alerta y prevención del tren.
5. Otras conductas temerarias castigadas por la Ley
Además de los puntos, existen muchísimas otras infracciones cotidianas que la policía de tránsito vigila y sanciona con fuertes multas económicas.
Estas conductas nos ponen en un riesgo directo e inminente de sufrir un accidente, y entre ellas destacan:
- Conducir motocicletas sin portar el casco de seguridad (tanto el conductor como su acompañante) y no llevar vestimenta retrorreflectiva ni luces encendidas.
- Circular con la motocicleta sobre las aceras o zonas exclusivas para peatones.
- Utilizar o manipular el teléfono celular mientras se encuentra conduciendo el vehículo.
- Irrespetar los límites de velocidad en zonas escolares, donde el límite máximo e inquebrantable es de 25 km/h.
- Manejar un vehículo con exceso de carga, con alteraciones y modificaciones ilegales, o viajar sujetándose de otro vehículo en movimiento.
6. Conducción Temeraria: Delitos Penales y Cárcel
Cuando el nivel de irresponsabilidad llega al extremo, la infracción deja de ser un simple parte de tránsito y se convierte en un delito penal que se castiga con la cárcel.
Si la persona es detenida en flagrancia cometiendo estos actos, es arrestada y esposada en el lugar exacto del delito para enfrentar un juicio penal inmediato.
Se considera Conducción Temeraria y conlleva sanciones penales si usted comete alguna de las siguientes atrocidades:
- Velocidad criminal: Conducir a una velocidad superior a los 150 km/h.
- Ebriedad extrema: Superar los 0,75 g en sangre (0,38 mg en aire) para conductores regulares, o 0,50 g (0,25 mg en aire) para conductores novatos y profesionales.
- Sustancias ilícitas: Conducir bajo la clara influencia de drogas, narcóticos o cualquier sustancia tóxica alteradora.
- Piques ilegales: Participar activamente en competencias de velocidad no autorizadas en la vía pública.
Estos delitos de conducción temeraria se castigan duramente con penas de prisión que van desde uno hasta tres años.
Además de la cárcel, el juez dictará una inhabilitación absoluta para conducir cualquier tipo de vehículo por un periodo de dos a cuatro años, e impondrá la prestación de servicio de utilidad pública desde 100 hasta 300 horas.
7. Consecuencias de agotar el Sistema de Puntos
El propósito real de la acumulación de puntos es corregir comportamientos peligrosos y fomentar la seguridad vial.
Sin embargo, si usted es un conductor reincidente y acumula la totalidad de los puntos permitidos, enfrentará la suspensión inmediata de su derecho a manejar.
Al llegar al límite de puntos, todas sus licencias de conducir quedarán invalidadas y usted no podrá conducir durante un período inicial de doce meses (1 año).
La ley ofrece una única oportunidad para reducir este castigo de doce a seis meses, pero solo si usted demuestra ante el COSEVI que la conducción de vehículos es indispensable y obligatoria para su trabajo, y si además realiza trabajo comunitario o aprueba un curso de educación vial.
Pero la ley no perdona a quienes no aprenden la lección: si usted vuelve a acumular todos los puntos por segunda vez, la suspensión será el doble.
En este escenario de reincidencia comprobada, usted no podrá conducir ningún vehículo durante veinticuatro meses (2 años completos), y este severo castigo se repetirá en cada nueva reincidencia.