Aplica o no la restricción vehicular para una AGV

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Actualizado el 20-07-2023

La placa AGV de los autos nuevos también están normadas en la Ley de Tránsito, no hay una preferencia por este tipo de vehículo respecto a los usados. Le ampliamos.

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Andar en un carro nuevo si bien nos llena de emoción no podemos confiarnos al momento de salir a carretera.

Cuando la agencia nos da el auto cero kilómetros éste viene aún sin las placas por ley y lo que temporalmente andamos pegado en el parabrisas es la conocida placa AGV.

Si desea conocer sobre en qué consiste la AGV le recomendamos leer la nota de nuestro blog: Cómo solicitar un permiso de circulación AGV en Costa Rica.

Un aspecto importante es que un carro nuevo con placa AGV no es diferente a uno que no lo tiene. Debe cumplir con la Ley de Tránsito.

¿Le aplica o no la restricción vehicular a una placa AGV?

Cuando anteriormente mencionamos que las placas AGV deben cumplir con la normativa de ley eso quiere decir que también entra en la Restricción Vehicular.

Hay conductores que piensan que por andar en un carro nuevo con ese tipo de placa se puede circular siempre en el área de restricción y se la juegan. 

Si un oficial de Tránsito los detiene y ve que el número de placa coincide con el día de restricción le hará la multa respectiva.

¿Cuál es el número de placa de restricción en la AGV?

La placa AGV como tal trae a un costado un número de permiso, entonces hay que fijarse en el último dígito del mismo para saber qué día es el que le aplica la restricción. No hay que confundirlo con el otro número que aparece al otro costado que dice código.

Para conocer sobre cómo funciona la Restricción Vehicular en general le invitamos a leer aquí una nota de nuestro blog.

La placa AGV no la portará para siempre, quizás se tarden entre dos o tres meses la agencia en darle ya las placas de ley así como el marchamo y el derecho de circulación, todo al día.

Si hay que procurar que la AGV sea válida porque han sucedido casos en los que el conductor lo que anda es una copia y no la original, lo que también es motivo de multa. Lea más al respecto aquí.

¿Qué vehículos no tienen restricción?

  • Vehículos policiales y de atención de emergencias.
  • Todos los vehículos de transporte público, incluso los de servicios especiales, turismo y de estudiantes.
  • Vehículos que transportan personas con discapacidad, debidamente identificados.
  • Motocicletas.
  • Vehículo que transportan cemento fresco.
  • Vehículos rentados.
  • Vehículos de carga liviana que transporten productos perecederos (deben probarlo con la documentación del caso).
  • Vehículos con ocupación plena (4 ocupantes al menos, en cuenta el conductor) podrán circular de 6 am a 8 am y de 4:30 pm a 7 pm.
  • Cuando en una casa se tienen 2 o más vehículos con restricción el mismo día, a nombre de una misma persona física o de cónyuges o de convivientes, podrán gestionar el traslado de la restricción para el día siguiente para uno de los vehículos.
  • No se aplica en días feriados.
  • Vehículos amigables con el ambiente, como los carros eléctricos.
  • Vehículos de carga pesada.

Es importante acotar que no hay que perder la placa AGV, en este caso, la original que debería guardarse en la guantera, un lugar seguro. La que está pegada en el parabrisas es solo una copia.

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