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Cuáles delitos acumulan 12 puntos en la licencia

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Actualizado el 07-10-2023

Nunca hay que confiarse cuando se conduce porque en un abrir y cerrar de ojos es posible que nuestra licencia sea vea afectada por uno o más años por cometer un delito.

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Con el Sistema de Evaluación Permanente de Conductores, el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) busca que los conductores no desafíen la ley, ya que tras cometer una infracción dependiendo de la gravedad así van acumulando puntos en la licencia.

El problema es que la acumulación de puntos lo que hace es afectar la renovación de la licencia, ahí es donde se complica todo tras cometer conductas que no son correctas en carretera.

Hay todo tipo de faltas, pero no cabe duda que cuando hay por ejemplo víctimas humanas la situación tiende a ser negativa.

Hay delitos que prácticamente hacen que un conductor en una sola falta acumule todos los puntos de ley.

Para tener claro lo que es un delito en este tipo de tema le recomendamos leer la nota de nuestro blog: Cuándo un accidente de tránsito pasa a ser un delito.

¿Cómo se llega al tope 12 de puntos por un delito?

Según el Consejo de Seguridad Vial: acumulará doce (12) puntos el conductor condenado en sentencia firme por la comisión de los delitos tipificados en los artículos 117, 128, 254 bis del Código Penal, Ley N.º 4573, de 4 mayo de 1970, y sus reformas.        

¿Y qué pasa con la licencia al acumular los 12 puntos?

Se establece que como mínimo pasará la licencia suspendida un año, no podrá conducir, y si es reincidente será por 2 años y así sucesivamente. Sin embargo, en materia penal un juez podría inhabilitarlo por más tiempo, incluso tomando en cuenta que hasta irá a parar a la cárcel por un lapso definido.

¿Cuáles son los delitos tipificados que acumulan 12 puntos?

Son tres, los cuales al cometerlos ponen en aprietos al conductor:

  • Artículo 117: Es el que se refiere al homicidio culposo. Se impondrá prisión de seis (6) meses a ocho (8) años, a quien por culpa mate a otro. En la adecuación de la pena al responsable, el tribunal deberá tomar en cuenta el grado de culpa y el número de víctimas, así como la magnitud de los daños causados.
  • Artículo 128: Lesiones culposas. Se impondrá prisión hasta de un año, o hasta cien días multa, a quien por culpa cause a otro lesiones de las definidas en los artículos 123, 124 y 125. Para la adecuación de la pena al responsable, el tribunal deberá tener en cuenta el grado de culpa, el número de víctimas y la magnitud de los daños causados. Pueden ser lesiones por ejemplo físicas, cerebrales, etc.
  • Artículo 254 bis.- Se impondrá pena de prisión de uno (1) a tres (3) años y la inhabilitación para conducir vehículos de todo tipo, de uno (1) a cinco (5) años, a quien conduzca en las vías públicas en carreras ilícitas, concursos de velocidad ilegales o piques contra uno o varios vehículos, contra reloj o cualquier otra modalidad. También califica el ir borracho.

Otro detalle es que el conductor cuando intente reacreditarse deberá hacer de nuevo el examen teórico. Para conocer más del tema le recomendamos leer la nota de nuestro blog: En qué casos debo asistir de nuevo a un curso de la DGEV.

  

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