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Condona o no Costa Rica las deudas por Marchamo

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Actualizado el 17-11-2023

En Costa Rica los conductores parece que les gusta andar al filo de la ley, por ejemplo, el no querer pagar el Marchamo, pero hay vías para llegar a un buen acuerdo y evitarse problemas con los oficiales de Tránsito..

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Cada vez que se acerca final de año los conductores empiezan a pensar: es momento de sacar dinero para pagar el Marchamo o en este caso conocido como derecho de circulación.

Y es que el Marchamo hay que pagarlo antes del 1 de enero de enero porque de lo contrario podría el conductor del vehículo tener problemas en carretera, le pueden hacer una multa.

A pesar de que los montos a pagar por el Marchamo varían dependiendo del modelo del vehículo y hasta de su valor fiscal, lo cierto del caso es que hay personas que por una u otra circunstancia no lo pagan y se la juegan sin Marchamo todo el año.

Lo más difícil es que no solo deben un año, pueden ser hasta más de dos. Para un sector de la población el pago del Marchamo es un golpe duro al bolsillo.

¿Existe o no la condonación de deudas por el Marchamo?

El Gobierno de Costa Rica permite a las personas ponerse al día con el Marchamo. Si pagan antes del 1 de enero el Marchamo que corresponde al año que se viene, todos los intereses, multas y sanciones debido al monto que adeuda le quedarán condonados.

Y es que por ejemplo, el no andar Marchamo afecta en otros trámites, cuando se va a Revisión Técnica si no se tiene el derecho de circulación vigente no podrá ser inspeccionado el vehículo.

Para pagar el Marchamo hay siempre muchas opciones desde cooperativas, bancos y hasta el INS. 

¿Hay o no excepciones en la condonación?

Una de las observaciones que hace el Gobierno a través del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) radica que hay ciertos sectores que no califican para que se les condone una deuda por Marchamo y los conocemos a continuación:

  • Presidente de la República y Vicepresidentes.
  • Ministros y Viceministros.
  • Diputados.
  • Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones.
  • Contralor y Subcontralor de la República.
  • Procurador y Subprocurador General de la República.
  • Defensora y Defensora Adjunta de los Habitantes.
  • Superintendente General de Entidades Financieras (SUGEF).
  • Superintendente General de Valores (SUGEVAL).
  • Superintendente General de Seguros (SUGESE).
  • Superintendente General de Pensiones (SUPEN).
  • Jerarcas y Miembros de las Juntas Directivas de los Bancos del Estado y de las Instituciones Públicas
  • Alcaldes, Vicealcaldes e Intendentes.
  • De sus cónyuges o convivientes, ni de aquellos registrados a nombre de personas jurídicas en las que tengan participación dichos funcionarios.

El Marchamo en el país genera siempre mucha discrepancia entre los usuarios. Para conocer más del tema le recomendamos ingresar la nota: El Marchamo qué es y por qué se paga en Costa Rica.

El Marchamo se puede pagar antes del 1 de enero incluso pegar el nuevo sticker, ya que si lo guardamos después puede ser que no recordemos donde esté y habría que pedir reposición.

Ningún tráfico le puede hacer un parte por llevar en noviembre o diciembre el Marchamo del año venidero. Claro que procure colocarlo bien para que se visible cuando un oficial de Tránsito lo detenga.

Para conocer montos del marchamo ingrese al INS.


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