Puedo o no impugnar una multa de tránsito sin firma digital

Puntuación 4.7/5 (6 votos)
Actualizado el 29-07-2024

Después de que nos hacen un parte más allá de lamentarnos debemos analizar si es impugnable y seguir cada paso para tener éxito en el reclamo sobre todo si lo hacemos de manera digital.

Abrir Índice




Cuando desafortunadamente nos hacen una multa de tránsito si ésta es en cierta medida injusta estamos en todo el derecho de reclamar a través de una impugnación de la boleta que nos hizo el oficial de tránsito.

Con el pasar de los años el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) ha buscado la manera en que este trámite sea más ágil porque antes cuando se enviaba por correo electrónico la impugnación era necesaria la firma digital, situación que ya cambió para el bien de los usuarios.

¿Cuántos días tengo para impugnar la boleta?

Si una persona desea impugnar una multa, al considerarla injusta o improcedente, tiene un plazo de 10 días hábiles para poder hacerlo, a partir del día siguiente en que recibió la sanción.

Es importante recalcar que los días hábiles son aquellos en los que la administración está trabajando, es decir, de lunes a viernes, por lo que en el conteo no se suman los fines de semana ni los festivos.

Así, por ejemplo, si una persona es multada un 18 de julio, podría impugnar, incluso, el lunes 5 de agosto, porque no cuentan los fines de semana ni los festivo del 25 de julio ni del 2 de agosto.

Dentro de las posibilidades que tienen los usuarios para impugnar, también está el fax, personalmente en una sede o mediante correo electrónico.

Por qué es recomendable hacerlo por Correo electrónico

El correo disponible para impugnar es recepció[email protected], cumpliendo como requisito que la persona firme manualmente el documento, que luego puede escanear, si no tiene firma digital, y adjuntar la imagen de la cédula de identidad y señalar una dirección de correo electrónico como único medio para recibir las comunicaciones futuras.

Los documentos adicionales, como la copia de la cédula de identidad y las pruebas, deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento. Las imágenes no pueden superar el peso de 10 megabytes, si se remite por correo electrónico.

De igual manera, se puede enviar por fax. No necesita cita previa si desea hacer la impugnación de forma presencial.

Las personas solo deben impugnar cuando estimen que fueron sancionados de manera injusta con la prueba respectiva.

Las multas de Tránsito prescriben en siete años con la actual Ley de Tránsito, por lo que, en caso de que el argumento no sea de recibo, lo más que logrará hacer el infractor es postergar el pago de la multa, pero para renovar la licencia tendrá que pagarla, incluso hasta con intereses, en algunos casos, que podrían alcanzar hasta un 36% de recargo.

Descuento en las multas

Por otra parte, las autoridades le hacen ver a los infractores que desean pagar su multa rápido, para acceder a un descuento, que los 10 días hábiles que tienen para pagar con ese beneficio del 15% menos corre, igualmente, a partir de que se confeccionó la multa.

A las sanciones categoría A, que son las más elevadas no se les aplica el descuento citado, ni ninguno otro. Si no sabe cuáles son las multas A, encuéntrelo aquí.

Si desea llamar por teléfono o conocer el número de fax de las diferentes sedes ingrese aquí.

¿Tienes dudas sobre el artículo? Pregunta a nuestros expertos


¿Cómo obtener tu licencia de Conducir?

Prepara tu examen teórico de Conducción Online. Practicatest dispone de todos los Exámenes de COSEVI.

Más información