Si un conductor ingresa a rotonda por un carril interno debe abandonar

Explicación

De acuerdo con la Ley de Tránsito , en el artículo106, al aproximarse a una rotonda usted debe:

  • De igual manera, si se ingresa por carril interno debe abandonarse por una carril interno en la segunda salida o posteriores salidas.

Pag 170 Manual del conductor.

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