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Cuando desafortunadamente se tiene un accidente de tránsito hay todo un procedimiento para afrontarlo cuando hay daños materiales o en el peor de los casos a la integridad de las personas. Le contamos las etapas por las que se pasa.
Es muy común escuchar en las noticias que hubo una colisión, atropello o hasta un vuelco, hechos que son por supuesto lamentables y que nadie quiere llegar a experimentar.
Pero, nunca se ha preguntado qué pasa si es usted la persona involucrada en el accidente.
Por eso es importante conocer un poco los procedimientos que se dan tanto en el momento del accidente como después del mismo.
La Ley de Tránsito en Costa Rica lo define como toda acción culposa cometida por un conductor o conductores de vehículos, también los pasajeros o hasta peatones al transitar por lugares que refiere el artículo 1 de esta legislación.
Para llamarlo accidente de tránsito debe estar involucrado al menos un vehículo (carro, camión, moto, etc) y producirse alguna lesión o muerte de personas o bien daños materiales producto de la infracción cometida.
Cuando se da el accidente de tránsito los involucrados piensan primero en llamar al Tránsito cuando es una colisión sin daños considerables y al 911 para pedir una ambulancia cuando es de gravedad.
Y a partir de ahí se genera el debate de quién fue el responsable del accidente y quién se hace responsable de los daños, esto cuando son materiales, lo más grave es cuando el accidente tiene que ver con personas heridas o hasta fallecidos.
Cuando el accidente deja como secuela daños materiales o a la integridad física de las personas que no supere los tres días de incapacidad el proceso queda en manos del Juzgado de Tránsito. Acá tienen la potestad de determinar al responsable de los hechos y lo que debe pagar.
Cuando el accidente provoca lesiones fuertes en la persona y una incapacidad mayor a cinco días o incluso la muerte el proceso pasa a la vía penal, esto porque podría existir un delito. Acá ya media un peritaje médico del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) para conocer la gravedad de los daños.
El proceso no se lleva a ningún Juzgado sino que el oficial de Tránsito sanciona la infracción y confecciona la boleta de multa.
Cuando en el lugar no hay claridad de los hechos y se envía el proceso a un Juzgado de Tránsito este tiene varias etapas que enumeramos a continuación:
Si el caso pasa a Juzgado Penal el procedimiento es aún más estricto porque podría haber un delito, incluso existe la posibilidad de que la persona involucrada se le aplique una medida cautelar o hasta prisión preventiva.
Por ejemplo, cuando hay fallecidos ya no solo se presenta al lugar de los hechos un oficial de tránsito sino también medicatura forense y el OIJ porque se estaría a las puertas de un delito. Para conocer más información sobre cuándo es catalogado delito ingrese aquí.
Esperamos que nunca le toque vivir una experiencia como un accidente, por eso lo importante siempre al salir a carretera es respetar la Ley de Tránsito.
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