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Cuáles infracciones implican el decomiso del vehículo

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Actualizado el 18-02-2022

En Costa Rica hay una serie de infracciones que les permiten a los oficiales de Tránsito decomisar el vehículo. En esta nota le contamos qué dice la Ley de Tránsito sobre las conductas de los conductores que llevan a los vehículos directo a los depósitos.

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La Ley de Tránsito incluye una serie de infracciones que más allá de la multa también contiene el decomiso del vehículo por parte del Oficial de Tránsito.

Lamentablemente hay una serie de situaciones en las que el conductor incurre en carretera que pone en peligro a los que están a su alrededor (otros conductores, ciclistas o peatones) y por ende es necesario que por sus acciones y por seguridad se le quite el vehículo.

El decomiso del vehículo no se trata solo de un automóvil, puede ser una motocicleta, un bus o hasta una bicicleta.

¿Qué conductas implican el decomiso del vehículo?

Hay dos artículos de la ley que incluyen el decomiso del vehículo y se lo detallamos a continuación:

Artículo 150 de la Ley

  • Conducir bajo los efectos del alcohol, es decir, si yo choco o atropello a alguien por andar borracho, todo esto en concordancia con el artículo 261 del Código Penal. Sobre qué dice este artículo ingrese aquí.
  • Conducir a una velocidad que supera los 150 kilómetros por hora.
  • Cuando un oficial de Tránsito detecta que el vehículo circula por la carretera sin estar debidamente inscrito en el Registro Nacional.
  • En el momento en que una persona sea detenida por un oficial y no presente su licencia, o la tenga vencida y en el peor de los casos suspendida.
  • Por no portar el permiso de conducir para los que aún no tienen la licencia.
  • Cuando el vehículo obstaculice sin razón algunas calles, aceras, carreteras, ciclovías y paradas de autobús.
  • Cuando el conductor esté incapacitado físicamente para conducir.
  • Cuando el vehículo no se encuentre en las condiciones mecánicas idóneas para circular, a no ser que el propietario contrate un servicio de acarreo.
  • Si un vehículo no porta placas o las que tiene no son las reglamentarias.
  • Cuando se provoquen daños a terceros con lesiones de gravedad, físicas o muerte.
  • Cuando se circule en bicicleta donde la velocidad permitida sea igual o mayor a 80 kilómetros por hora.
  • Vehículos abandonados en vía pública.

Artículo 151 de la Ley

  • Si el vehículo no tiene derecho de circulación y marchamo con el seguro obligatorio.
  • En el caso de los buses si presentan una rampa para personas con discapacidad en mal estado.
  • Cuando se brinde un servicio ilegal de transporte público.
  • Por circular con un permiso para conducir sin el acompañante.
  • Cuando se conduce por más de tres meses con la licencia extranjera.
  • Cuando el conductor irrespete los requisitos relaciones al transporte de materiales peligrosos o explosivos. Es decir, que no cuente con el permiso respectivo.
  • Cuando en su totalidad no funcionan las luces, a excepción de que las puedan arreglar en el momento.

¿Qué hacer después del decomiso del vehículo?

Lo primero es pagar la multa que le impusieron por la infracción cometida o en su defecto apelarla si considera si fue injusta.

Luego deberá hacer el trámite como dueño ante el Consejo de Seguridad Vial por medio de cita, enviar un correo a correo [email protected] o acercarse a la sede más cercana.

Si el vehículo pasó a una instancia penal por el tipo de infracción tendrá que hacer el trámite con el Juzgado respectivo.

Tenga claro que para recuperar el vehículo le pedirán que todos los documentos del mismo estén vigentes, por ejemplo, revisión técnica al día. En el caso particular del dueño que su cédula de identidad esté en buen estado y vigente. Cancelar por el acarreo y custodia del vehículo.

Si desea más información sobre este trámite ingrese a la nota de Practica Test sobre Cómo recuperar un vehículo detenido por el Tránsito.


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