Si un conductor ingresa a rotonda por el carril externo debe salir por

Explicación

De acuerdo con la Ley de Tránsito, en el artículo 106, al aproximarse a una rotonda usted debe:

  • Recuerde que si ingresa a rotonda por un carril externo debe abandonar por un carril externo.

Pag 170 Manual del conductor.

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