¿Qué tipo de vehículo se permite conducir con la licencia tipo A-2, según el artículo 85?
- A) Bicimotos y motocicletas de combustión interna con cilindrada inferior a los 500 centímetros cúbicos,
- B) Bicimotos y motocicletas de combustión interna con cilindrada inferior a los 125 centímetros cúbicos.
- C) Bicimotos y motocicletas de combustión interna con cilindrada inferior a los 250 centímetros cúbicos.
La licencia tipo A-2 autoriza a conducir vehículos automotores tipo bicimoto y motocicleta, de combustión interna, cuya cilindrada de motor no supere los 500 cc. En caso de que estos cuenten con motores eléctricos o híbridos, la potencia máxima no podrá superar 35 kilovatios.
Pag 21 Manual del conductor.
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