El vehículo de transporte público de personas no podrá iniciar su marcha cuando.

Los de las modalidades de microbús, buseta y autobús:

Las puertas del vehículo deben man­tenerse cerradas durante el recorrido; se abrirán únicamente en las paradas autorizadas. La marcha del vehículo no podrá iniciarse sin haberse cerrado las puertas.

Pag 22 Manual de transporte público.