Al conductor que maltrate de palabra o de hecho a los usuarios se expone a una multa de.

Se impondrá una multa de un veinte por ciento (20%) de un salario base mensual, correspondiente al “Auxiliar administra­tivo 1”.

Al conductor, al ayudante o al cobra­dor de los vehículos de transporte público, que maltrate de palabra o de hecho a los usuarios.

Pag 29 Manual de transporte público.

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