Al conductor que incumpla el uso de las bocinas abusivamente se le multará con.
Se impondrá una multa de un cuarenta por ciento (40%) de un salario base mensual, correspondiente al “Auxiliar administrativo 1”
Al conductor que incurra en las prohibiciones contenidas en el artículo 123 de esta Ley (uso de bocinas abusiva mente).
Pag 27 Manual de transporte público.
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