A quien maneje un vehículo sin portar los documentos reglamentarios se le impondrá una multa de.
Se impondrá una multa de un veinte por ciento (20%) de un salario base mensual, correspondiente al “Auxiliar administrativo 1”
A quien maneje un vehículo automotor sin portar los documentos referidos en el artículo 4 de esta Ley (título de propiedad o certificación registral o notarial, original de derechos de circulación, original de revisión técnica).
Pag 28 Manual de transporte público.
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