A quien conduzca con la licencia vencida se expone una multa de.
Se impondrá una multa de un treinta por ciento (30%) de un salario base mensual, correspondiente al “Auxiliar administrativo 1”
A quien conduzca un vehículo con la licencia de conducir vencida, según lo establecido en el artículo 71 de esta Ley.
Pag 29 Manual de transporte público.
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